El principio de nemo dat quod non habet (no se puede transferir un t铆tulo mejor del que se posee) ha sido durante mucho tiempo una piedra angular del derecho de propiedad. Sin embargo, su aplicaci贸n a las transacciones en efectivo opera bajo un marco distinto. El efectivo, como instrumento fungible y al portador, generalmente permite que la propiedad se transmita en el momento de la transferencia f铆sica.
En intercambios peque帽os y rutinarios, se presume que el receptor es el propietario leg铆timo, y el nemo dat queda efectivamente anulado por la finalidad pr谩ctica y el anonimato del efectivo.
Sin embargo, esta presunci贸n no se extiende incondicionalmente a las transacciones de gran valor. Si se entregan 拢50.000 en efectivo, la propiedad del receptor no se consolida autom谩ticamente sin un escrutinio. La escala de la transacci贸n exige la adhesi贸n a marcos regulatorios dise帽ados para prevenir el lavado de dinero, la evasi贸n fiscal y otros delitos financieros. Por ejemplo, en virtud de la Ley de 2002 sobre el producto del delito (POCA, por sus siglas en ingl茅s) del Reino Unido, una transacci贸n de este tipo podr铆a dar lugar a informes de actividades sospechosas (SAR, por sus siglas en ingl茅s) o dar lugar a la confiscaci贸n si se sospecha que los fondos est谩n relacionados con una actividad il铆cita.
Los tribunales han reconocido l铆mites a la presunci贸n de propiedad en las grandes transacciones en efectivo. En R v. Loizou [2005] EWCA Crim 1579, el Tribunal de Apelaci贸n confirm贸 la incautaci贸n de una cantidad significativa de efectivo en virtud de la POCA, se帽alando que la posesi贸n por s铆 sola es insuficiente cuando surgen requisitos reglamentarios y sospechas de ilegalidad. De manera similar, en Agnew v HMRC [2018] UKUT 182 (TCC), se examinaron grandes sumas de efectivo en busca de legitimidad, lo que refuerza el hecho de que la propiedad en esos contextos depende de la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales.
Por lo tanto, si bien las peque帽as transacciones en efectivo gozan de una presunci贸n de finalidad y propiedad en virtud de nemo dat, esto no se aplica de la misma manera a las grandes transferencias de efectivo. El sistema legal exige la debida diligencia y el cumplimiento normativo para validar dicha propiedad, lo que ilustra que la posesi贸n por s铆 sola no es suficiente para otorgar un t铆tulo indiscutible para sumas significativas.
En Agnew v HMRC [2018] UKUT 182 (TCC), el Tribunal Superior examin贸 la legitimidad de grandes sumas de efectivo en el contexto de las liquidaciones de impuestos especiales. El tribunal enfatiz贸 la necesidad de transparencia y cumplimiento de las obligaciones legales al manejar transacciones sustanciales en efectivo, reforzando que la propiedad y la posesi贸n por s铆 solas no son suficientes para establecer la legitimidad sin la documentaci贸n adecuada y el cumplimiento de los requisitos regulatorios.
Estos casos subrayan la importancia de la transparencia y el cumplimiento legal en grandes transacciones en efectivo, destacando que la mera posesi贸n o propiedad es insuficiente para establecer la legitimidad sin evidencia de respaldo y el cumplimiento de las normas regulatorias.
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S. Tominaga AKA CSW
8 de noviembre de 2024
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